¿Qué significa la nueva ley chilena de delitos económicos y ambientales para las personas jurídicas?
Con la entrada en vigor de la Ley 21.595 sobre delitos económicos y atentados contra el medioambiente en Chile, las empresas están obligadas a elevar sus estándares de ética y cumplimiento con modelos de prevención de actos ilícitos.
El nuevo marco legal, que en septiembre introdujo modificaciones a la Ley 20.393 sobre responsabilidad penal de personas jurídicas, aumenta las figuras delictivas y endurece las condenas en materias vinculadas a banca, mercado de valores y otros ámbitos.
Por primera vez se considera la aplicación de penas privativas o restrictivas de libertad y cuantiosas multas, aun cuando los delitos hayan sido cometidos por terceros.
Para saber más sobre la nueva legislación y sus implicaciones para la minería, BNamericas habló con el director ejecutivo del Centro de Arbitraje y Mediación Minero (Cammin), Jorge Castillo.
BNamericas: ¿Qué complejidad plantea la ley de delitos económicos y del medioambiente para las empresas de Chile?
Castillo: La reforma procesal penal ingresada en 2010 afectó todo lo relacionado con los accidentes del trabajo, fuesen graves o fatales, ya que antes se permitía celebrar acuerdos reparatorios directos con las familias afectadas. Después entró el Ministerio Público como un nuevo actor para investigar los accidentes, identificar la responsabilidad penal, someter a su arbitrio las formalizaciones y concurrir al Juzgado de Garantía [tribunal penal] para establecer los acuerdos reparatorios.
En la nueva ley, el Ministerio Público tiene un rol más importante, ya que complementa la Ley 20.393 que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas y pasamos de tener veintitantos delitos a más de 200, que están repartidos en distintos cuerpos legales, como los aduaneros, tributarios, bancarios, leyes generales, etc.
BNamericas: ¿En qué aspectos las empresas mineras deben poner más atención?
Castillo: Con la incorporación de las normas de compliance, varios delitos tendrán una importancia significativa. En materia de salud ocupacional, tenemos el decreto con fuerza de ley DFL Nº1 del Ministerio de Salud, que se refiere a los certificados de salud de los trabajadores.
Antes, cuando se adulteraba un certificado de salud, existía una sanción administrativa que afectaba a la persona natural, pero hoy la sanción será directa y con una connotación delictual sobre la persona jurídica.
Otra norma importante se relaciona con el artículo 490 del Código Penal sobre los cuasidelitos de homicidio en casos de afectación grave a la salud o a la integridad del trabajador que, mediante la aplicación de las normas de compliance, el Ministerio Público podrá considerarlas delito y responsabilizar penalmente a la persona jurídica.
BNamericas: Es decir, aunque la adulteración de un certificado médico de salud haya sido cometida por un trabajador, la persona jurídica deberá asumir toda la responsabilidad legal…
Castillo: Sí, el empleador. Finalmente, el responsable penal será el garante de que eso no ocurra. Por eso será esencial que toda persona jurídica implemente buenos modelos de prevención de delitos, los cuales deben ser dinámicos, gestionables y reportables. Además, deben contener la firma de un sujeto responsable de la prevención de delitos, gestionados a nivel de directorio y ser revisados por un tercero independiente.
En la industria minera, ese modelo debe ser un sistema viviente acoplado a todos los protocolos y procesos. Es importante que sea conocido por todos, para ante cualquier caso se pueda acreditar el ejercicio del compliance y que la persona jurídica pueda eximirse de la responsabilidad penal ante la Dirección del Trabajo o de las multas del [servicio de geología y minería] Sernageomin y eliminar la connotación delictiva. El modelo de prevención de delitos será la única herramienta que puede constituir un eximente de responsabilidad penal.
BNamericas: ¿La responsabilidad de los delitos recaerá entonces en las personas jurídicas y no en las naturales?
Castillo: Si bien son las personas naturales las que cometen los delitos, será la persona jurídica la sancionada. Antes se pensaba que los potenciales responsables eran quienes tomaban decisiones en la empresa, como el CEO o el directorio. Pero la ley fue más allá y estableció que una persona natural que posea un rol de supervisor o administrador de recursos puede ser quien comprometa a la persona jurídica.
Por ejemplo, en el caso Penta, fueron los cuerpos intermedios quienes delinquían y el directorio se excusó con que esas personas habían actuado por cuenta propia y por eso fueron desvinculados de la empresa. Sin embargo, pese a que las operaciones habían sido realizadas por los cuerpos intermedios que tenían facultades de administración, sus actos fueron en beneficio de la empresa. Estas situaciones se quieren prevenir. Aunque sean intermedios los que cometen delitos, será la persona jurídica la total responsable.
Hoy los oficiales de cumplimiento deben ser capaces de adoctrinar y capacitar en lo más alto del estándar. La norma es compleja, porque trae una extensión de la responsabilidad hacia terceros. Ya no será suficiente con mirarse el ombligo, sino que será clave preocuparse del actuar de los terceros. El delito podría incluso ser cometido por un proveedor que tal vez realice algún acto en beneficio de la persona jurídica más allá de la ley. En esos casos, la responsabilidad penal también recaerá en la parte que recibió el beneficio. Hay una extrapolación de la responsabilidad.
BNamericas: ¿Qué tipos de penas o condenas existen?
Castillo: El Ministerio Público configurará la tipicidad del delito, pero las mayores sanciones pueden ser la cancelación de la persona jurídica o la imposición de multas que ascienden a 10.000 UTA [unidad tributaria anual, el equivalente actual a 796.000 pesos o US$853]. Por lo tanto, más de 7 mil millones de pesos [US$ 8.5 millones].
Los delitos podrán publicarse en el Registro de Comercio o en el Diario Oficial y las empresas serán identificadas como autoras, lo que podría afectar su reputación. Esto es un factor importante en el mundo empresarial que podría provocar la pérdida de valor accionario en la empresa.
BNamericas: ¿Cómo podrán distinguirse los delitos de casos como, por ejemplo, el fracaso empresarial o errores en la administración del patrimonio?
Castillo: No creo que exista una criminalización exacerbada sobre el mundo empresarial, ya que el Ministerio Público deberá analizar los elementos para configurar si ocurrió un delito y las personas jurídicas podrán acreditar si tenían un modelo de prevención y hacer uso de sus derechos para defenderse ante la imputación de cargos.
BNamericas: La ley habla de la figura del supervisor del cumplimiento con la potestad de intervenir e impartir instrucciones en las empresas en caso de identificarse un delito.
Castillo: Creo que las empresas mineras no verán a este señor pues, conociendo su alto estándar, ya todas deben estar preparando o actualizando sus modelos de prevención de delitos y transformando a sus oficiales de cumplimiento en sujetos responsables.
BNamericas: ¿Qué severidad tienen las penas relacionadas con delitos ambientales en casos como contaminación, extracción ilegal de agua u otros que podrían cometerse en proyectos mineros?
Castillo: Los fiscales del Ministerio Público ya se están preparando en el tema medioambiental, pero tendrán entes colaboradores como el Consejo de Defensa del Estado. A diferencia de los otros casos, el delito medioambiental no usa la lógica de determinar que el acto benefició a la empresa, sino que el beneficio para la empresa será visto en la falta de una gestión o en la omisión de recursos para cuidar del medioambiente.
No será fácil configurar los delitos ambientales, aunque sí los tipos penales, tales como extraer agua sin autorización o verter agentes químicos contaminantes en aguas superficiales o subterráneas. Habrá que depurar la norma y la técnica ambiental para definir cuál es el daño y el delito ante casos donde exista una resolución de calificación ambiental vigente.
He visto casos en que, por el cambio climático, ocurrieron deshielos que provocaron el colapso de piscinas de contención con sedimentos que se desviaron a afluentes. En esos casos, no necesariamente serían delitos de vertimiento.
BNamericas: ¿Qué motivó a los legisladores a promulgar esta ley?
Castillo: Se consideró que el país necesitaba aumentar el estándar de conductas de las personas jurídicas, el cual comenzó con el ámbito tributario para luego incorporar los delitos económicos “de cuello y corbata” hasta llegar a los delitos conexos, como los de medioambiente. De esta forma, se robustecieron los delitos de cohecho, los relacionados con la administración desleal o la administración de un patrimonio.
Eso pone un fuerte acento en las licitaciones que realiza la minería, por ejemplo, ya que no podrán ser tan libres y no será tan fácil declararlas desiertas o redireccionar un patrimonio. Si un tercero estima que existió un delito en el desvío de un patrimonio en la licitación, eso podrá ser investigado y no afectará a los gerentes de abastecimiento o finanzas, sino a la persona jurídica.
Suscríbete a la plataforma de inteligencia de negocios más confiable de América Latina con herramientas para Proveedores, Contratistas, Operadores, Gobierno, Legal, Financiero y Seguros.
Noticias en: Minería y Metales (Chile)
Embajada Argentina en Chile y Cámara de Comercio Chileno Argentina presentan Encuentro Minero chileno–argentino
El próximo jueves 29 de agosto, en el marco del Mes de la Minería en Chile, tendrá lugar el “Encuentro Minero chileno-argentino”, organizado por la...
Automatización contribuiría a reducir muertes en operaciones mineras
El año pasado se registraron más víctimas mortales en la industria regional, con Chile y Brasil como países que más incidentes registraron.
Suscríbete a la plataforma de inteligencia de negocios más confiable de América Latina.
Otros proyectos en: Minería y Metales (Chile)
Accede a información clave sobre miles de proyectos de Minería y Metales en Latinoamérica: etapas, capex, compañías relacionadas, contactos y más.
- Proyecto: Colina 2
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 semanas
- Proyecto: Oso Negro
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 semanas
- Proyecto: Aumento de Capacidad y Optimización Producción Planta de Litio Carmen
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Explotación Mina Fortuna
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 semanas
- Proyecto: Horizonte
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Adecuación Operacional Faena Minera Caserones
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Obras Complementarias y Ajustes Operacionales Mina Chuquicamata Subterránea
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Los Bronces Integrado (LBI)
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Adecuación Operacional Spence
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
- Proyecto: Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 semanas
Otras compañías en: Minería y Metales (Chile)
Accede a información clave sobre miles de empresas de Minería y Metales en Latinoamérica: proyectos, contactos, accionistas, noticias relacionadas y más.
- Compañía: Compañía Explotadora de Minas SCM  (CEMIN)
-
La compañía holding chilena Compañía Explotadora de Minas SCM (Cemin) se dedica a la exploración y desarrollo de proyectos mineros y a la adquisición de propiedades estratégicas...
- Compañía: Fenix Gold Limitada  (Fenix Gold)
-
Fenix Gold, subsidiaria de la minera canadiense Rio2, es la titular del proyecto Fenix Gold, un proyecto de óxidos de oro fácil de lixiviar, ubicado en la región chilena de Atac...
- Compañía: Fluor Chile Ingeniería y Construccion S.A.  (Fluor Chile)
-
Fluor Chile Ingenieria y Construccion S.A., la filial chilena de la compañía estadounidense Fluor Corp., ofrece servicios de ingeniería, adquisiciones, fabricación, construcción...
- Compañía: Echeverria Izquierdo Ingeniería y Construcción
-
Echeverría Izquierdo Ingenería y Construcción es la división de obras civiles de la empresa chilena Echeverría Izquierdo S.A. La empresa es responsable por la expansión del Metr...
- Compañía: BHP Minerals Americas  (BHP - Minerals Americas)
-
Minerals Americas es la filial directa de minería de la compañía australiana BHP. Se constituyó en 2016 como parte del nuevo modelo operacional de BHP, que agrupa sus operacione...
- Compañía: Grúas y Equipos Cruz del Sur S.A.  (Grúas y Equipos Cruz del Sur)
-
Grúas y Equipos Cruz del Sur S.A. es una empresa chilena dedicada al arriendo, ventas, mantención y servicios de maquinarias para la construcción habitacional, industrial y mine...
- Compañía: ThyssenKrupp Industrial Solutions Chile Ltda.  (ThyssenKrupp Industrial Solutions Chile)
-
ThyssenKrupp Industrial Solutions Chile es la filial local de Thyssenkrupp South America, perteneciente al holding alemán de acero Thyssenkrupp. La empresa brinda soluciones bas...
- Compañía: Quiborax S.A.  (Quiborax)
-
Quiborax, fundada en 1986, es una empresa chilena que extrae ulexita de las lagunas salinas Surire y Ascotan, ubicadas en las regiones norteñas de Arica y Parinacota y Antofagas...
- Compañía: El Espino SpA