
La Haya emite fallo sobre disputa entre Colombia y Nicaragua
Por Corte Internacional de Justicia
*Este comunicado fue traducido por un sistema automático
Cuestión de la Delimitación de la Plataforma Continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 Millas Marinas desde la Costa de Nicaragua (Nicaragua c. Colombia)
La Corte dicta sentencia en el caso
LA HAYA, 13 de julio de 2023. La Corte Internacional de Justicia, principal órgano judicial de las Naciones Unidas, dictó hoy su Sentencia en el caso relativo a la Cuestión de la Delimitación de la Plataforma Continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 Millas Náuticas del territorio nicaragüense. Costa (Nicaragua v. Colombia).
Se recuerda que en la demanda de apertura del proceso, presentada en septiembre de 2013, Nicaragua solicitó a la Corte que delimitara los límites entre, por un lado, la plataforma continental de Nicaragua más allá del límite de 200 millas marinas a partir de las líneas de base a partir de las cuales se determina el ancho. del mar territorial de Nicaragua y, por otra parte, la plataforma continental de Colombia. En las presentaciones presentadas en sus escritos, Nicaragua solicitó a la Corte que fallara y declarara que:
(1) El límite marítimo entre Nicaragua y Colombia en las áreas de la plataforma continental que pertenecen a cada uno de ellos más allá del límite determinado por la Corte en su Sentencia del 19 de noviembre de 2012 sigue líneas geodésicas que conectan puntos cuyas coordenadas se especifican en sus alegatos.
(2) Las islas de San Andrés y Providencia tienen derecho a una plataforma continental hasta una línea que consta de arcos de 200 millas marinas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide el mar territorial de Nicaragua conectando puntos cuyas coordenadas se especifican en sus alegatos.
(3) Serranilla y Bajo Nuevo están enclavados y se les otorga un mar territorial de doce millas náuticas, y Serrana está enclavada según la Sentencia de la Corte de 19 de noviembre de 2012.
En su Auto de 4 de octubre de 2022, la Corte consideró que, en las circunstancias del caso,
antes de proceder a cualquier consideración de cuestiones técnicas y científicas en relación con la delimitación, era necesario que se pronunciara sobre las dos cuestiones siguientes:
(1) Según el derecho internacional consuetudinario, ¿puede el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial extenderse dentro de las 200 millas náuticas desde las líneas de base de otro Estado?
-2-
(2) ¿Cuáles son los criterios bajo el derecho internacional consuetudinario para la determinación del límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas a partir de las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial y, a este respecto, los párrafos 2 a 6 de ¿Refleja el artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar el derecho internacional consuetudinario?
Las audiencias públicas sobre estas dos cuestiones se celebraron entre el 5 y el 9 de diciembre de 2022. En la Sentencia dictada hoy, la Corte concluye con respecto a la primera cuestión que, conforme al derecho internacional consuetudinario, el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde el las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial no podrán extenderse dentro de las 200 millas marinas a partir de las líneas de base de otro Estado. A la luz de esta conclusión, el Tribunal considera que no es necesario que aborde la segunda cuestión.
Por lo tanto, la Corte considera que de la conclusión a la que se llegó sobre la primera pregunta se desprende que las tres solicitudes contenidas en las presentaciones de Nicaragua expuestas en sus escritos no pueden ser admitidas.
En la parte resolutiva de su Sentencia, que es definitiva, inapelable y vinculante para las Partes, la Corte:
(1) Por trece votos contra cuatro,
Rechaza la solicitud de la República de Nicaragua de que la Corte adjudique y declare que el límite marítimo entre la República de Nicaragua y la República de Colombia en las áreas de la plataforma continental que, según la República de Nicaragua, corresponden a cada una de ellas más allá del límite determinado por la Corte en su Sentencia del 19 de noviembre de 2012 [en el caso Controversia Territorial y Marítima (Nicaragua c. Colombia)] sigue líneas geodésicas que conectan los puntos 1 a 8, cuyas coordenadas se mencionan en párrafo 19 [de la Sentencia];
A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Magistrados Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Sebutinde, Bhandari, Salam, Iwasawa, Nolte, Brant; el juez ad hoc McRae;
EN CONTRA: Jueces Tomka, Robinson, Charlesworth; el juez ad hoc Skotnikov;
(2) Por trece votos contra cuatro,
Rechaza la solicitud de la República de Nicaragua de que la Corte resuelva y declare que las islas de San Andrés y Providencia tienen derecho a plataforma continental hasta una línea compuesta por arcos de 200 millas marinas a partir de las líneas de base a partir de las cuales se determina el ancho de la mar territorial de Nicaragua se mide conectando los puntos A, C y B, cuyas coordenadas se refieren en el párrafo 19 [de la Sentencia];
A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Magistrados Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Sebutinde, Bhandari, Salam, Iwasawa, Nolte, Brant; el juez ad hoc McRae;
EN CONTRA: Jueces Tomka, Robinson, Charlesworth; el juez ad hoc Skotnikov;
-3-
(3) Por doce votos contra cinco,
Rechaza la solicitud de la República de Nicaragua respecto de los derechos marítimos de Serranilla y Bajo Nuevo.
A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Magistrados Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Sebutinde, Bhandari, Salam, Iwasawa, Brant; el juez ad hoc McRae;
EN CONTRA: Jueces Tomka, Robinson, Nolte, Charlesworth; Magistrado ad hoc Skotnikov. *
el Magistrado TOMKA adjunta una opinión disidente al fallo de la Corte; el Magistrado XUE adjunta una opinión separada al fallo de la Corte; el Magistrado BHANDARI adjunta una declaración al fallo de la Corte; el juez ROBINSON adjunta una opinión disidente al fallo de la Corte; los Magistrados IWASAWA y NOLTE adjuntan opiniones separadas al fallo de la Corte; el juez CHARLESWORTH adjunta una opinión disidente al fallo de la Corte; El Magistrado ad hoc SKOTNIKOV adjunta una opinión disidente al fallo de la Corte.
___________
Historia de los procedimientos
Los comunicados de prensa anteriores relacionados con este caso están disponibles en el sitio web de la Corte. ___________
Un resumen de la Sentencia consta en el documento titulado “Resumen 2023/5”, al que se adjuntan resúmenes de los dictámenes y de la declaración. Este comunicado de prensa, el resumen y el texto completo de la Sentencia están disponibles en el sitio web de la Corte bajo el título Casos.
___________
Nota: Los comunicados de prensa de la Corte son preparados por su Secretaría únicamente con fines informativos y no constituyen documentos oficiales.
___________
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida por la Carta de las Naciones Unidas en junio de 1945 e inició sus actividades en abril de 1946. La Corte está compuesta por 15 jueces elegidos por un período de nueve años por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. La sede de la Corte está en el Palacio de la Paz de La Haya (Países Bajos). La Corte tiene una doble función: primero, resolver, de conformidad con el derecho internacional, mediante sentencias que tengan fuerza obligatoria y sean inapelables para las partes interesadas,
-4-
las controversias que le sometan los Estados; y, en segundo lugar, emitir opiniones consultivas sobre las cuestiones jurídicas que le remitan los órganos y organismos del sistema de las Naciones Unidas debidamente autorizados.
___________
Departamento de Información:
Sra. Monique Legerman, Primera Secretaria del Tribunal, Jefa de Departamento: +31 (0)70 302 2336 Sra. Joanne Moore, Oficial de Información: +31 (0)70 302 2337
Sr. Avo Sevag Garabet, Oficial de Información Asociado: +31 (0)70 302 2394
Correo electrónico: info@icj-cij.org
Suscríbete a la plataforma de inteligencia de negocios más confiable de América Latina con herramientas para Proveedores, Contratistas, Operadores, Gobierno, Legal, Financiero y Seguros.
Noticias en: Riesgo Político y Macroeconomía (Nicaragua)

Así facilita Nicaragua la migración irregular a EE.UU.
Expertos afirman que Nicaragua apoya, al menos de forma tácita, incluso la migración irregular extrarregional hacia la frontera entre México y Esta...

Polaris Renewable minimiza riesgo en Latinoamérica y continúa con M&A
La energética canadiense tiene 139MW en la región.
Suscríbete a la plataforma de inteligencia de negocios más confiable de América Latina.
Otros proyectos
Accede a información clave sobre miles de proyectos en Latinoamérica: etapas, capex, empresas relacionadas, contactos y más.
- Proyecto: Parque Eólico Los Portones
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región de San Martín
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: Parque Eólico Guajira II
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: Proyecto Tampico Solar 1
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: Anubia
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 días
- Proyecto: Lote 13: Ribeiro Gonçalves, Colinas, Balsas
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: Hidroeléctrica Inspandí III
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 3 días
- Proyecto: VSE Solar Híbrido (Complejo Sol de Brotas)
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 días
- Proyecto: Bloque Laguna de los Capones
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 días
- Proyecto: Bloque Fracción C
- Etapa actual:
- Actualizado:
hace 2 días
Otras compañías en: Riesgo Político y Macroeconomía
Accede a información clave sobre miles de empresas en Latinoamérica: proyectos, contactos, accionistas, noticias relacionadas y más.
- Compañía: Richard Hidalgo Vásconez Cía. Ltda.
- Compañía: Gobierno de la República de Surinam
-
El Gobierno de la República de Surinam es la administración pública establecida por su Constitución en 1987. Está compuesto por el Gabinete del Presidente, integrado por el Pres...
- Compañía: Dirección General de Caminos  (DGC)
- Compañía: Asociación de Aseguradores de Chile A.G.  (AACH)
-
Asociación de Aseguradores de Chile A.G. (AACH) es una asociación sin fines de lucro, integrada por 56 compañías de seguro, incorporada en 1899 para promover el desarrollo y pro...
- Compañía: Gobierno de la República de Chile