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Regulación mexicana de fintechs es "sentencia de muerte" para empresas que utilizan modelo FaaS

Bnamericas
Regulación mexicana de fintechs es

Una nueva norma introducida silenciosamente por el regulador mexicano del sector financiero, CNBV, podría significar una "sentencia de muerte" para el modelo de negocio de fintech como servicio (FaaS), advierten expertos de la industria.

“Pareciera ser que lo anterior [la resolución de la CNVC] es una sentencia de muerte para el modelo FaaS”, plantearon Carlos David Valderrama Narváéz y Diego Montes Serralde, de la consultora fintech Legal Paradox, en un análisis.

Según la regla publicada el 4 de diciembre y disponible aquí, solo las instituciones financieras reguladas, como los bancos comerciales y las fintechs autorizadas o en proceso de autorización, podrán presentarse al público como proveedores de servicios financieros.

Básicamente, la regla niega estatus legal a terceros que utilizan plataformas fintech o interfaces de programación de aplicaciones (API) para proveer servicios financieros de forma independiente.

Si bien se mantiene un camino hacia adelante con la banca abierta, los autores plantearon: “Claramente estamos frente a una cuenta regresiva, por lo que es muy importante que las prestadoras de servicios FaaS más grandes del mercado, “pivoteen” en su modelo de negocio y que los emprendedores que están con ellas busquen asesoría legal inmediata”.

Juan Luis Hernández, socio del bufete Novus Concilium, de Guadalajara, indicó el lunes al medio local El CEO que “se delinea muy bien la postura de la CNBV y es una postura razonable”. Agregó que “lo que nos dice es que no importa que agarres una marca; yo te estoy autorizando a ti empresa y eres la única autorizada que puede prestar estos servicios”.

¿Qué es FaaS?

El modelo FaaS es la última iteración del concepto software como servicio (SaaS) e implica la concesión de licencias comerciales de software para que las empresas creen sus propios productos. La idea existe desde la década de 1960. Más recientemente se ha aplicado al concepto de banca abierta a través de banca como servicio (BaaS), mediante el cual los bancos dan acceso a sus API, como es el caso de API_Market de BBVA y, en EE.UU., BBVA Open Platform.

Los expertos de Legal Paradox señalaron que, a través de FaaS, muchas fintechs no solo ofrecen sus API, sino también sus licencias operativas a actores de servicios financieros como software, lo que crea una vía legal para que las empresas integren la tecnología en sus sistemas.

“El aprovechamiento de una plataforma fintech-as-a-service permite a las empresas financieras optimizar su proceso de principio a fin, garantizando así la ejecución sana de un servicio comercial, prestado a través de internet, a petición en un plazo determinado”, indicaron Valderrama y Montes.

El dilema surge cuando se requiere autorización y, más concretamente, cuando las empresas intentan utilizar el modelo FaaS para evitar procesos de autorización potencialmente prolongados y costosos.

“El verdadero problema no es para los jugadores anteriores, sino para los emprendedores que, al tomar en cuenta la complejidad del proceso fintech, decidieron tomar la vía "rápida", utilizando la infraestructura regulatoria de un tercero en proceso de autorización para sobrevivir", añadieron.

“Estos emprendedores son los que se están jugando todo, incluso la libertad, ya que puede argumentarse que están cometiendo un delito financiero”.

México ha sido pionero en regulación de fintech y presentó su primer marco regulatorio integral y adaptable a América Latina en marzo de 2018.

Un aspecto importante implica una capa adicional de autorización para ciertas clases de fintechs, incluidas las de crowdfunding, arrendamiento financiero y otras.

Desde septiembre de 2019, cuando se permitió a las empresas solicitar autorizaciones por primera vez, había 85 solicitudes, 74 de ellas de empresas que ya estaban funcionando antes de la fecha de entrada en vigencia de la norma. La única entidad nueva en recibir autorización es el proveedor universal de pagos digitales NVIO, cuyas operaciones debieran comenzar a principios de 2021.

IMPACTO SOBRE FaaS

“Esto es un wake up call para muchas plataformas, en especial algunas wallets que decidieron 'acelerar' su inicio de operaciones en México sin medir los riesgos que ello conllevaba, no solo para ellos, sino para todo el ecosistema fintech mexicano. Definitivamente no podrán operar sin su autorización”.

Los autores agregaron que identifican el inicio de un proceso de investigación que pondrá en apuros a emprendedores y modelos de negocios, pero especialmente a asesores legales que recomendaron la estrategia "acelerada" para iniciar operaciones.

También plantearon que “al día de hoy, existen empresas cuyo único modelo de negocio y propósito es prestar su infraestructura bajo el modelo FaaS a múltiples plataformas y emprendimientos en México”. Sin embargo, la notificación de la CNBV es una clara señal de que esto no estará permitido.

Para evitar problemas legales, el análisis de Legal Paradox señala que los dueños de las empresas que operan bajo el modelo FaaS tienen cuatro opciones.

Podrían cerrar sus operaciones de inmediato, suspenderlas e iniciar el proceso de autorización, vender o arrendar la tecnología o volumen transaccional de la firma a entidades que ya tengan o estén en vías de recibir autorización, o cambiar el modelo de negocio para convertirse en generadores de ventas o comisionistas, para lo cual no se requiere autorización.

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